Breve Explicación sobre el Síndrome de Alienación Parental

Breve Explicación sobre el Síndrome de Alienación Parental


por Mercedes Torbidoni Jaen


El SAP es la abreviatura de lo se conoce como Síndrome de Alienación Parental (en inglés PAS, parental alienation syndrome) este “se describe como un conjunto de manifestaciones que son efecto de un proceso en el que la progenitora (madre) transforma la con­ciencia de su hijo o hija, mediante variadas estrategias, con objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el progenitor (padre)"[1]. Fue aplicado a casos de litigio por la custodia o tenencia de los hijos, sobre todo cuando se acusaba al progenitor de ser abusador sexual. 

Corresponde dejar sentado desde el inicio que, como “síndrome” el SAP no figura en ninguno de los  Manuales Diagnósticos y Estadísticos de los Trastornos Mentales de la Asociación Americana de Psiquiatría, ni por la Clasificación Internacional de las Enfermedades y Trastornos relacionados con la Salud Mental que realizada la Organización Mundial de la Salud. La producción crítica de los textos de R. Gardner desde lo científico, provino especialmente de Estados Unidos y por lo mismo, al igual que las investigaciones rigurosas que se le opusieron –y que al día de hoy continúan oponiéndose.

Dentro de la terminología empleada en la construcción del SAP, al progenitor que ostenta la guarda y custodia de la niña o niño y con el que ésta o éste conviven, se le va a denominar “alienador” y al progenitor cuya compañía es rechazada, “alienado”. Los niños o niñas son definidos también como “alienados”.

La expresión fue acuñada por su creador Richard Alan Gardner, un médico psiquiatra estadounidense que trabajó como voluntario en la división psiquiátrica infantil del Columbia Collage de la Universidad de Columbia desde 1963, hasta su suicidio en el año 2003, cuando es acusado de pedofilia y pederastia por diversas organizaciones.

El propio Gardner definía este presunto síndrome como: “un trastorno infantil que surge casi exclusivamente en el contexto de las disputas por custodia de los niños. Su manifestación primaria es la campaña de denigración del niño contra un padre, una campaña que no tiene justificación [2]".

A partir de 1885 Gardner se dedicó a perfeccionar y publicitar su teoría apelando a falsas semejanzas con otros trastornos, refutando las críticas a través de improvisados argumentos. Alimentó su elaboración creando su propia editorial para la publicación de sus libros.

En este devenir también incursiono como perito testificando en divorcios contradictorios, por la custodia de niños, en defensa de progenitores acusados de abuso sexual, usando el SAP como herramienta para descartar la idea de que en los casos judicializados pudiesen existir otras causas que justificasen lo que  él considera como falsas acusaciones de abuso sexual infantil, diciendo que “casi siempre la denunciante es la madre y quien es denunciado / acusado es el padre”.

No solamente desacreditó las denuncias que las madres efectuaban para proteger a sus hijos de progenitores abusivos y violentos, sino que afirmó su teoría  sosteniendo que  el contacto sexual adulto-niño es benigno y beneficioso para la reproducción de las especies. Su teoría interpreta el incesto y la pedofilia como benignos, como conductas no abusivas y son reflejo de aquellos activistas que defienden la pedofilia como un modo de “orientación sexual” posible.

Paradójicamente “esta condición psicológica” llamada SAP, nunca ha sido diagnosticada por expertos fuera del ámbito de las separaciones conyugales conflictivas, por la tenencia de menores o de una denuncia por abusos sexuales y que el propio Gadner indica que, el procedimiento judicial de estas características es condición necesaria para su diagnóstico, es decir que no se convalida fuera del ámbito judicial.

No solo no existe la enfermedad "sino que tampoco existe ni puede suponerse el automatismo, entre el comportamiento alienante y la eventual negativa de un niño a ver a uno de los padres, lo que puede depender de varios factores. Recuerde que también puede haber razones más que válidas para que un niño se niegue a ver a un padre o madre”.

El SAP es un instrumento ad hoc que invisibiliza el incesto y la violencia de género preexistentes. La aparición del SAP en cualquier litigio judicial lo reduce todo a la alienación paterna y convierte automáticamente a las víctimas en victimarios, surgió como estrategia de defensa falaz, no como instrumento de diagnóstico, para obstaculizar la investigación de presuntos abusos sexuales o denuncias de malos tratos o negligencias graves.

Su aplicación a un caso concreto lo convierten en un  concepto jurídico, pues provee medidas coercitivas, como amenazas, el cambio de custodia, anulación de las visitas y comunicación por el juez si no se deja ver al progenitor acusado, incluso la prisión, con en caso de reciente conocimiento que nos ocupa.

Además de las ya advertidas, tales como el desvió de las cuestiones de fondo que se ventilan, claramente resultan violentados de los derechos de las niñas y de los niños fundamentalmente el derecho a ser escuchado y que sus opiniones sean tenidas en cuenta (art 12 CIDN).

Por su parte,  la idea de que la madre utiliza el sistema legal para apartar a los hijos del padre, haciendo uso de su naturaleza manipuladora, perversa y vengativa, como si fuese inherente al sexo femenino, “como brujas” así apoda a las mujeres Gadner en una de sus publicaciones más controversiales[3].

En suma, genera situaciones de alto riesgo para las criaturas y provocando una involución en los derechos humanos de niñas y niños y de las madres que pretenden protegerles.

Como estrategia argumental falaz, corresponde denunciar a cualquier perito en psicología que lo aplique a sus conclusiones en un informe ante el Tribunal de Disciplina de la Asociación de Psicólogos que corresponda.

Finalmente que cuando se produce la ruptura de pareja, con hijos comunes, a falta de consenso entre los dos progenitores, es el órgano judicial quien ha de establecer su guarda y custodia, así como el régimen de comunicación de los hijos con el progenitor a quien no se le asigna la guarda y custodia.

A tales efectos, a veces el testimonio del menor, vertido directamente por éste ante el juez o a través de los informes de los órganos técnicos que auxilian a éste,  constituye el único elemento probatorio del que se dispone en el procedimiento.

Ello así, parece lógico que ese testimonio debería adquirir, una gran relevancia, especialmente cuando existen sospechas de maltrato o abuso sexual por parte de uno de los progenitores sobre los menores.

Sin embargo, el testimonio del niño como tal, su relevancia, connotaciones y consecuencias pasan a un segundo plano, sencillamente desaparece de la escena, o es interpretado en el sentido contrario a lo que el niño expresa, cuando aparecen durante el proceso judicial las ideas que subyacen bajo la nomenclatura SAP.

[1] Vaccaro, Sonia, Psicóloga de la Comisión para la Investigación de los Malos Tratos a Mujeres, Madrid, Espña, "¿De qué hablamos cuando hablamos de síndrome de alienación parental?", 2006, en elaboración. (www.isabelmonzon.com.ar/sindromePAS.htm).

[2] Gardner, R. A. (1985). Recent trends in divorce and custody litigation. Academy Forum , 2 9 ( 2 ) , 3 – 7 . R e t r i e v e d f r o m : http://www.fact.on.ca/Info/pas/gardnr85.htm

[3] Gardner, R.A. (1991). Sex Abuse Hysteria: Salem Witch Trials Revisited. Cresskill: Creative Therapeutics.

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