25N2020 Informe sobre Análisis de Jurisprudencia
Informe sobre Análisis de Jurisprudencia
Desde MUJERES EN LA
ABOGACÍA, bajo la coordinación de Erica Baum, nos propusimos
analizar una serie de fallos emitidos por la Suprema Corte de Justicia de
Buenos Aires con sentencia firme. Conformamos un grupo de lectura, reflexión y
análisis sobre conflictos judicializados en los que se reivindicaban derechos
de las mujeres, vulnerados por hombres en su mayoría pero también por violencia
institucional en virtud de la omisión de los deberes de responsabilidad internacional
asumida por el estado respecto de los derechos sociales, económicos y
culturales de las mujeres.
Los fallos fueron
seleccionados de la base de jurisprudencia que la Oficina de la Mujer de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación tiene agrupada por jurisdicción provincial
y por estándares de derechos de las mujeres tutelados.
Para su estudio
diseñamos una matriz de análisis con el objeto de observar si los considerandos
de las sentencias si hacían visibles los estereotipos contenidos en las normas
sobre lo “femenino” y lo “masculino” que operan como discriminación directa; si
distinguían el contenido de una norma aparentemente igualitaria y no
discriminatoria del impacto desproporcionado de su aplicación a mujeres
en situación de vulnerabilidad, lo que configura una discriminación indirecta y
si visibilizaban relaciones asimétricas entre hombres y mujeres en las que la
mujer queda en situación de desigualdad estructural.
Laura Belardinelli analizó la Causa
Nro. 58.758 "R. J. D. S /Recurso de Casación" en el que el Tribunal en lo Criminal N° 1
de Mar del Plata condenó a J. D. R. a la pena de seis años de prisión por
resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso
carnal cometido contra su esposa N. N. B. En esta causa, la Sala IV del Tribunal
de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires entendió que resulta inconcebible
un derecho penal moderno sin contemplar los derechos de las víctimas y, en
particular, la violencia cometida contra las mujeres haciendo énfasis en que el
estándar probatorio de un proceso penal exige la aplicación de dos instrumentos
internacionales con jerarquía constitucional: la Convención Interamericana para
prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, “Belem Do Pará” y
la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra
la Mujer “CEDAW” así como de la Ley N° 26.485 destinada a la protección
integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y
la Ley provincial N° 12.569.
Anabella Ciantino
examinó la Causa
A 70138, “B., A. F. c/ Provincia de Buenos Aires s/ Amparo Recurso de
Inaplicabilidad de Ley”, que tramitó ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº
11 del Departamento Judicial La Plata, en la que se condenó al Estado
Provincial y al Municipio de La Plata a proveerle a una mujer, madre de cinco menores,
una vivienda digna y un subsidio mensual.
Erica Baum, revisó las Causas 35762 y 37987 "G., M. E. s/ recurso extraordinario de
nulidad e inaplicabilidad de ley" y su acumulada "A., C. A. s/
recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley” en la que el Tribunal en lo
Criminal nº 7 del Departamento Judicial San Isidro condenó en fecha 29/9/2008 a
M. E. G. a la pena de diecisiete años de prisión, accesorias legales y costas
por resultar autor del delito de homicidio simple cometido contra su pareja, D.
V. con martillazos y puñaladas, a quien acusó de mentirosa, manipuladora e
infiel. La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal redujo la
pena en diez años y tres meses de prisión atenuándola en razón del estado
emocional de M. E. G. al momento de los hechos y disminuyó el monto de la
condena impuesta teniendo en cuenta la buena impresión que aquél causó en los
estrados. Contra esa sentencia, el Fiscal ante el Tribunal de Casación Penal
interpuso un recurso extraordinario por considerar absurda, arbitraria y
errónea la aplicación de las reglas establecidas en los artículos 40 y 41 del
Código Penal y la Corte decidió reenviar la causa a la instancia de origen para
que se gradúe la pena a tenor de las circunstancias atenuantes y agravantes que
permanecen intangibles en función de la violencia ejercida contra la mujer.
Erica Pérez estudió
la Causa
23734 "Díaz, Alicia Irene s/ Recurso de casación” en la que Diaz,
Alicia Irene, de 60 años fue condenada a diez años y ocho meses de prisión por
el Tribunal en lo Criminal nº 4 de San Martín quien tras ser atacada ferozmente
a golpes y botellazos por su marido mientras dormía, tomó un arma de fuego que
creyó que estaba descargada y disparando en su dirección le causó la muerte. La
Sala I de la Cámara de Casación bonaerense, hizo lugar al pedido de la defensa sobre
la base de una acción de legítima defensa y un análisis contextual que
comprendió la reacción de la mujer ante hechos de violencia que atentaban
contra su vida y la absolvieron.
Marisa Piumatti
analizó la Causa
A. 72.474, "G.M.A. contra Poder Ejecutivo s/ Pretensión Indemnizatoria.
Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley", que tuvo inicio en la
Unidad Funcional de Instrucción n° 4 y el Tribunal de Menores n° 1 del
Departamento Judicial de Mar del Plata, por medio de la cual una mujer
inició un reclamo indemnizatorio, en el
que le cupo responsabilidad al Estado Provincial, por los hechos que culminaron
con el asesinato de sus dos hijos, de cuatro y dos años de edad,
respectivamente, quienes fueran victimas del homicidio cometido el 16 de
octubre de 2000 por el padre de los mismos.
Daiana L. Marano
Acevedo y Zarina Bethania Surache revisaron la Causa:
C 99204 “O., N. L. s/
Protección contra la Violencia Familiar” en la que el Tribunal de Familia N° 2
de La Plata denegó a la actora, mujer adolescente, el otorgamiento de una medida
cautelar solicitada ante el cuadro de violencia psíquica y física que padecía
ella y su grupo familiar, integrado por su madre y sus hermanos de 25, 18, 13 y
6 años, por parte de su padre. La Corte decide reenviar la causa al tribunal de
origen para que en 48 horas arbitre los medios necesarios para el urgente
dictado de una nueva decisión que aborde los puntos centrales en debate sobre
violencia familiar y derechos de los niños, niñas y adolescentes en función del
marco legal provincial, Ley 12.569 y la normativa internacional para erradicar
toda forma de violencia contra la mujer.
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